En Querétaro, 10 años de cárcel a quien dañe monumentos
De acuerdo con la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, el daño de un inmueble considerado como histórico podría traer como consecuencia de tres a diez años de prisión.
El capítulo IV, artículo 52 de dicha ley refiere: “Al que por cualquier medio dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa hasta por el valor del daño causado.”
En diversas marchas y protestas realizadas, tanto a nivel nacional como estatal, han resultado afectados sitios que incluso, son patrimonio.
En el caso de la entidad, las autoridades capitalinas reportaron -el pasado lunes 28 de septiembre- consignas en ocho pilastras del Acueducto de Querétaro. Para expertos en el tema, el daño se entiende como “invaluable”, dada la relación y simbolismo que adquiere para la sociedad.
De acuerdo con el arquitecto Emiliano Duering Cufré, urbanista e investigador de la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ), se preserva la arquitectura o los monumentos porque son emblema de un evento histórico de la ciudad. Destaca que es un punto en donde se asocia la identidad local con un edificio, además de la calidad estética que tienen.